Sobre permisos de paternidad y maternidad

A LA MESA DEL SENADO

El Grupo Parlamentario Podemos – En Comú – Compromís – En Marea, y de acuerdo con lo establecido en los artículo 177 del Reglamento de la Cámara, solicita la tramitación de la siguiente Moción ante la Comisión de Igualdad, sobre la reforma del sistema de permisos y prestaciones para el cuidado y atención de menores por parte de sus progenitores/as, en casos de nacimiento, adopción o acogida.

Exposición de motivos
El nacimiento, adopción o acogimiento es un momento crucial para la distribución del tiempo de empleo y cuidados entre las personas cuidadoras. Todos los estudios coinciden en constatar que, si bien en la sociedad española actual se ha avanzado hacia una mayor igualdad en las parejas jóvenes, es en ese periodo en el que tradicionalmente los hombres se constituyen en sustentadores principales y las mujeres en cuidadoras principales.

La regulación actual de los permisos de maternidad y paternidad induce a la permanencia y profundización de este desequilibrio secular: las mujeres se ausentan de sus puestos de trabajo, y cuidan a tiempo completo a sus criaturas, al menos durante sus 16 semanas de permiso de maternidad, seguidas de las 2, 3 o 4 semanas de permiso de lactancia. Terminado este periodo, y ante la falta de alternativas, muchas lo prolongan con excedencias, reducciones de jornadas o incluso renuncia total a su empleo. Los hombres, en cambio, tienen derecho solamente a 2 semanas de permiso de paternidad.

Además de la evidente desigualdad que se crea en el sistema reproductivo, también se crean graves desequilibrios en el empleo y en el modelo productivo. Según un informe de la Organización Internacional del Trabajo publicado en 2014, un 45% de las españolas no regresan a su puesto de trabajo tras la maternidad. Un 35% pasan a trabajar a tiempo parcial y un 7% pierde su empleo. Además, todas las mujeres en edad fértil -y no solamente las madres- se ven afectadas por el fenómeno denominado “discriminación estadística”: los empresarios saben que existe una alta probabilidad de que ellas disminuyan su dedicación al empleo con la maternidad, mientras que la mayoría de los hombres la aumentan. Las mujeres en general aparecen como ‘mano de obra de alto riesgo’, viéndose reducidas a puestos no cualificados y fáciles de sustituir, lo que es una importante causa de los mayores índices femeninos de subempleo, desempleo e inactividad.

De esta forma se mantiene la brecha salarial de género, la precariedad y la pobreza femenina e infantil, así como un mercado de trabajo segregado por sexos vertical y horizontalmente, y por tanto ineficiente. Todo ello redunda en un grave desaprovechamiento del potencial de empleo de las mujeres, originando también pérdidas al erario público en términos de impuestos y cotizaciones sociales no recaudadas.

Por otro lado, el hecho de que los padres sólo tengan derecho a dos semanas de permiso de paternidad refuerza la ancestral y desfasada idea de que los hombres son incapaces de cuidar a sus criaturas. Esta creencia origina graves consecuencias para las niñas y niños, que se ven en privación de sus padres, así como para los hombres, para la vida familiar y para la sociedad en su conjunto, que no se beneficia del capital cuidador de la mitad de la población.

La sociedad española ha cambiado en las últimas décadas. Las leyes declaran la igualdad entre hombres y mujeres como principio rector y la mayoría de la población se define como una persona igualitaria. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, constituyó un paso adelante al otorgar a los padres (o a la otra persona progenitora) dos semanas de permiso de paternidad, un derecho que se les había negado en su totalidad hasta entonces. En los 9 años transcurridos desde esa reforma, el permiso de paternidad se ha revelado como instrumento válido para la iniciación de los hombres en el cuidado, pues se lo toman más de un 80% de los padres con derecho (contrariamente a las 10 semanas transferibles del permiso de maternidad, de las que solamente se toman alguna parte el 1,3% de los hombres, según datos de la Seguridad Social). Este comportamiento de los padres españoles coincide con el observado en todos los países: los padres se toman mayoritariamente los permisos cuando son, a la vez, intransferibles y bien pagados, mientras que sólo hacen un uso marginal de los permisos mal pagados o no pagados, así como de los que pueden transferir a las madres.

A pesar del indudable éxito del permiso de paternidad, este permanece aún en su inicial duración de dos semanas, la octava parte que el de maternidad. Es importante destacar que esta desigualdad constituye una discriminación explícita de la Seguridad Social pues, siendo una prestación contributiva, se niega a los padres ese derecho a la vez que desde los poderes públicos se les insta a cuidar a sus hijos e hijas igual que las madres.

El perjuicio a los padres, a las madres y a la infancia se agrava por el hecho de que estas dos semanas paternas no permiten que ambas personas progenitoras se turnen en el cuidado del bebé, hurtando así al padre la oportunidad de ser el cuidador principal durante un periodo, forjar el vínculo de apego con su criatura e iniciarse como cuidador autónomo.

En efecto, las dos semanas que se toman la mayoría de los padres son las sucesivas al parto, durante las cuales tienen que cuidar a la madre y al resto de la familia mientras ella se recupera, permaneciendo las dos personas progenitoras en el hogar. Pasado ese primer periodo, el padre se ve obligado a volver a su puesto de trabajo, sin disponer de un tiempo para relevar a la madre una vez terminado su permiso de 16 semanas.

Por todo ello, cabe afirmar que la actual regulación de los permisos está obsoleta, es disfuncional y no responde a las aspiraciones y necesidades de la ciudadanía. Para hacer efectivo el derecho a la igualdad de oportunidades y a la corresponsabilidad en los cuidados, una de las condiciones necesarias es que los hombres dispongan de un permiso de la misma duración que el de las madres (tal y como se ganan con sus cotizaciones); que ese permiso sea intransferible (como el resto de derechos sociales, pues estamos ante el único derecho social que es transferible); y que esté pagado igual que el permiso de maternidad (al 100% del salario). La experiencia permite predecir que esa reforma, además de ser de justicia, supondría un avance sustancial para la implicación de los hombres en el cuidado.

La actual regulación, además, discrimina y desatiende otros modelos de familia: en el caso de las parejas del mismo sexo, se producen situaciones absurdas y discriminatorias, como que una de las dos mujeres deba cogerse el permiso de maternidad y la otra el de paternidad, o que los dos hombres progenitores deban compartir el permiso de maternidad.

La presente reforma persigue también que la ley cumpla con el principio de no discriminación por razón de orientación sexual, y propone recoger lingüísticamente esta sensibilidad mediante un cambio en la terminología: en lugar de hablar de permisos de maternidad y paternidad hablaríamos de “permisos y prestaciones para el cuidado y atención de menores por parte de sus progenitores/as, en casos de nacimiento, adopción o acogida”.

La implementación de esta reforma es muy fácil y los efectos inmediatos: el comportamiento de los hombres cambiará radicalmente; las niñas y niños se educarán en modelos de mayor corresponsabilidad, y disminuirá la discriminación estadística, la ciudadanía recibirá la señal de que el cuidado es asunto de todas las personas en igual medida, y la ley dará cabida a los diferentes modelos de familia que existen.

La actual situación económica, lejos de constituir un impedimento para esta reforma, la hace más urgente. La atención a la infancia es más importante, si cabe, cuanto más deteriorada se encuentra la situación material de las familias. En un contexto de precariedad laboral extrema es aún más importante igualar efectivamente el derecho de cada progenitor/a. Ello aumentaría los recursos de muchos hogares, que podrían organizarse para cubrir los primeros meses de la criatura sin comprometer la inserción de las mujeres en el empleo y, por tanto, sin aumentar aún más su penuria.

A este respecto, conviene recordar que la familia de un solo sustentador estable es la mayor trampa de pobreza: cuando ese ingreso desaparece, bien sea porque el único sustentador se queda en paro o porque deja de estar presente, la familia aumenta desmesuradamente el riesgo de pobreza. Si a ello añadimos la desprotección de las familias monoparentales, podemos explicarnos que España sea uno de los países con mayores tasas de pobreza infantil de toda la UE (solo superada por Bulgaria, Polonia y Rumanía).

Por todo ello el Grupo Parlamentario Podemos – En Comú – Compromís – En Marea presenta la siguiente:

MOCIÓN 

El Senado insta al Gobierno a tramitar de forma inmediata una reforma Integral del sistema de permisos y prestaciones para el cuidado y atención de menores por parte de sus cuidadores y cuidadoras, en casos de nacimiento, adopción o acogida.

El objetivo de dicha reforma es que, en caso de nacimiento, adopción o acogida, el permiso sea de igual duración para cada persona cuidadora; intransferible en su totalidad; pagado al 100% del salario; y con igual protección del puesto de trabajo durante el ejercicio de los derechos de maternidad y paternidad.

Dicha reforma debe establecer ese objetivo y un calendario completo hasta alcanzarlo, mediante el aumento del actual permiso de paternidad hasta alcanzar las 16 semanas, duración actual del permiso de maternidad, para cualquier cuidador o cuidadora.

Palacio del Senado, 1 de Marzo de 2016

Maria FREIXANET MATEO -Senadora (senadora presentante)

+ Pilar LIMA – Senadora

joipilar

Foto: Con Pilar Lima, entrando la propuesta a registro.

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